El Consejo de Ministros aprobó hoy el proyecto de Ley de Responsabilidad Ambiental para obligar a prevenir los daños derivados de la actividad económica y reparar los que se causen. Esta norma prevé sanciones de hasta 2 millones de euros y la suspensión de hasta dos años de la autorización para la empresa.
La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, explicó hoy en rueda de prensa que el proyecto de Ley tiene por objeto hacer efectivo el principio de que ‘quien contamina paga’, con el fin de asegurar que los daños al medio ambiente ocasionados por las actividades económicas sean reparados de manera efectiva y a costa de sus responsables, evitando la factura de la reparación sea sufragada por los presupuestos públicos, y sin necesidad de que haya infracción ni culpa, como por ejemplo no todo accidente laboral conlleva una infracción por parte del empresario.
‘Los operadores económicos que desarrollan actividades potencialmente contaminantes quedan obligados, a partir de la aprobación de esta ley, a tener en cuenta esos daños potenciales que pueden causar con su actividad y a reparar totalmente el daño en el caso de que éste se produzca’, destacó la ministra.
Ante cualquier hecho de contaminación, con independencia de que haya o no una infracción por parte de los operadores económicos, éstos tienen la obligación de reparar materialmente los daños causados, no a compensarlos económicamente, y más que el principio de ‘quien contamina, paga’, es el principio de ‘quien contamina, repara’.
Para ello, se constituye también un fondo estatal para la reparación de daños ambientales con el fin de cubrir la necesidad de reparar cuando por alguna razón no se haya podido aplicar esta norma y el daño se produzca en el dominio público de titularidad estatal. La futura ley se aplicará en casos futuros semejantes a los del vertido de Aznalcóllar o el embalse de Flix.
Así, en las actuaciones relacionadas con el vertido de Aznalcóllar se invirtieron, adicionalmente, más de 75 millones de euros para reparar los daños ocasionados por una empresa minera, mientras la inversión prevista para llevar a cabo las tareas de limpieza y recuperación de las aguas del embalse de Flix, a las que han ido a parar vertidos de sustancias altamente contaminantes procedentes de industrias electroquímicas, será de otros 150 millones de euros, señaló Narbona.
PRINCIPIO DE PREVENCIÓN
Otro de los objetivos es introducir en la actividad diaria de las empresas la rutina de que cuenten con el factor medioambiental como un riesgo a prevenir, como se previenen por ejemplo los riesgos laborales.
Así, se persigue reforzar el principio de prevención para evitar que los daños medioambientales lleguen a producirse, obligando a los operadores de las actividades económicas y profesionales a que adopten todas las medidas que resulten necesarias ante un supuesto de amenaza de daño al medio ambiente. No obstante, Camacho destacó que el gasto de las empresas en prevención de riesgos ambientales ha crecido muy significativamente a lo largo de los últimos años. ‘No podrá suceder es que les salga más barato pagar una multa y seguir contaminando, porque tendrán que pagar una multa y reparar el daño’, aseveró.
La futura ley afectará a 5.000 instalaciones industriales, 30.000 empresas de transporte de mercancías peligrosas, más de un millón de explotaciones agrarias, las actividades de utilización y liberación de organismos genéticamente modificados (transgénicos) y más de 1.000 balsas mineras. Los bienes protegidos son naturaleza medioambiental (agua, suelo, hábitats naturales protegidos y especies silvestres protegidas), quedando excluidos los daños tradicionales, es decir, los que afectan a los particulares y a sus bienes.
Entre las más destacadas están las instalaciones cubiertas por la normativa de prevención y control integrado de la contaminación (conocida como Ley IPPC); las relativas a la gestión de todo tipo de residuos; las más importantes de las reguladas por la normativa de aguas (con vertidos de sustancias peligrosas incluidas); las relativas a la producción, almacenado y transporte de sustancias peligrosas, biocidas y fitosanitarios; el traslado trasfronterizo de residuos peligrosos y el transporte de mercancías peligrosas.
EXIGENCIA DE UN AVAL FINANCIERO
Para garantizar la eficacia de la Ley y asegurar que los operadores disponen de los recursos económicos necesarios para hacer frente a estas obligaciones legales, la normativa les exige que cuenten con una garantía financiera con la que cubrir la responsabilidad medioambiental en la que puedan incurrir. La evaluación del daño potencial se efectuará mediante una metodología actualmente en estudio, que se concretará en desarrollo reglamentario.
El régimen de garantía financiera será exigible a partir de abril de 2010 en función del daño que pueda causar la empresa. La garantía financiera sea o no obligatoria (en función del sector y el daño), en todo caso lo que sí es obligatorio es el deber de reparar.
‘A partir de 2010 determinada categoría de operadores tendrán que tener un seguro, un aval o una fianza, cualquier forma de garantía financiera que permita garantizar la aportación de recursos económicos para reparar el daño producido’, dijo Narbona, quien añadió que ‘esta norma va más allá de la propia directiva europea que establece la obligación de reparar y deja a los países miembros que establezcan de qué forma se puede garantizar en la práctica estas reparaciones’. ‘Incluso si no se estableciera ninguna forma de garantía financiera las empresas tendrán que hacer frente a la obligación de reparar daños’, añadió.
Finalmente, en el caso de que no pueda realizar la reparación del daño medioambiental causado, la empresa deberá llevar a cabo medidas compensatorias.
Publicado en Terra Actualidad
Fuente: Agencia EFE